A la clase política sobre la reforma de la Constitución.

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A la clase política sobre la reforma de la Constitución.

Sr. Director:

Como ciudadana y estudiosa de derecho constitucional, esta campaña electoral me ha inquietado y preocupado bastante, a tal punto que me he animado a escribir la presente misiva con la ilusión de que algún político la lea y los lectores ciudadanos recapaciten.

Agradeciendo esta oportunidad que Búsqueda nos brinda, reflexionaré sobre la reforma de la Constitución, dejando planteada una idea para abrir la conversación sobre este tema.
El artículo 331 de nuestra Constitución establece que la misma puede ser reformada total o parcialmente siguiendo ciertos procedimientos que se determinan, pero que siempre culminan con la ratificación del cuerpo electoral a través de un plebiscito en el que todos los habilitados ejercen su derecho a través del voto. Pero ese plebiscito ratificatorio, se realiza en la mayoría de los casos junto con la elección nacional. Esto implica que siempre que se quiera modificar la Constitución se haga al mismo tiempo que se eligen los cargos a presidente, vicepresidente, senadores, representantes, etc., o sea elección de cargos políticos, y por tanto durante una campaña con política electoral.
A mi entender, deberíamos plantearnos como país que las reformas constitucionales no se voten junto con elecciones políticas, sino en un momento aparte, permitiendo un debate más claro y centrado, y asegurando que la ciudadanía pueda tomar decisiones informadas sobre algo tan importante como nuestra Constitución y, por otro lado, tener una campaña política dedicada a discutir políticas públicas y programas de gobierno con las propuestas de los candidatos a futuros gobernantes, permitiendo acercar los procesos de gobierno a las personas y sin que el candidato se distraiga con la reforma.
Véase que el plebiscito de la previsión social que se someterá a ratificación en la próxima elección del 27 de octubre es un ejemplo que tiene que dejarnos lecciones aprendidas y sin perjuicio del resultado que se obtenga, muchos votantes, quizás la mayoría, no tienen la menor idea de esta o de las reformas que se pretenden incorporar a la Constitución con la próxima elección nacional; que son: allanamientos nocturnos y reforma de la seguridad social.En particular, esta última reforma pretende enmendar el artículo 67 de la Constitución para modificar el sistema de seguridad social incorporando a la Constitución cuestiones que constituyen materia legal y que por tanto ponerlas en la Constitución nos generará otros problemas. Y daré solo dos ejemplos: 1) se pretende derogar la Ley 16.783, anulando disposiciones que permitieron la creación y funcionamiento de las AFAP, eliminando el sistema mixto de jubilación; 2) se prevé, con una fórmula abstracta y general, que los aportes jubilatorios obtenidos sean gestionados por el BPS sin explicar cómo se va a realizar.En Uruguay, el instituto de la anulación de la ley no existe, por tanto, se estaría estrenando un sistema en un tema tan sensible como la seguridad social y no se está considerando los efectos jurídicos y económicos que esa nulidad supone, dejando a su vez de lado instrumentos vigentes como la derogación de la ley, que si se quiere pudo ser utilizada con voluntad política y resultaría más lógico y menos dañino.

Pero, por otra parte, de aprobarse y no funcionar la reforma incorporada, deberíamos volver a enmendar la Constitución en una próxima elección y una vez más tendríamos el problema instalado en la elección de 2029 y será el botín del partido que logre captar adherentes o logre imponer su sesgo ideológico en los 5 años del próximo gobierno.

Entiendo que actualmente la reforma de la Constitución, al realizarse con una elección nacional, mezcla dos cosas que deberían estar separadas: por un lado, la elección de nuestros representantes y, por otro, los cambios que se proponen para la norma más importante que tenemos, que es la Constitución.

Cuando ambas cosas se votan al mismo tiempo, puede haber confusión entre la ciudadanía. A veces, la gente recibe demasiada o muy poca información sobre la reforma propuesta, dependiendo de cómo se maneje la campaña electoral. Peor aún, los cambios a la Constitución pueden ser usados como parte de una estrategia política, restándole seriedad y enfoque a la discusión.

Por eso, sería beneficioso para todos plantearnos una posible modificación de este artículo 331, de manera que las reformas constitucionales no se voten junto con elecciones políticas, sino en un momento aparte, permitiendo un debate más claro y centrado y asegurando que la ciudadanía pueda tomar decisiones informadas sobre algo tan importante como nuestra Constitución

Propuesta: siguiéndose quizás la opción del literal E) de este articulo 331, que deja librada la ratificación del cuerpo electoral en fecha que decida la Convención Nacional Constituyente, podría establecerse que la fecha de una enmienda constitucional difiera con cualquier acto eleccionario y sea fijada por la Corte Electoral.

Profa. Dra. Miriam Mora

https://www.busqueda.com.uy/cartas-al-director/a-la-clase-politica-n5393690

Foto: Inés Guimaraens

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